Reclamar tarjetas revolving y microcréditos.

Atenderemos de forma personalizada las posibilidades de reclamar tu tarjeta revolving.

Tarjetas revolving

Prácticamente todo el mundo tiene al menos, una tarjeta de crédito, pero existen una gran cantidad de personas que desconocen si tienen una tarjeta revolving, o desconocen qué posibilidades hay a la hora de formular una reclamación frente a una entidad bancaria por una tarjeta revolving.

La modalidad revolving o revolvente, no es más que un tipo de crédito, una forma de calcular qué cantidad presta el banco a un cliente y qué cantidad y en qué periodos debe devolver el cliente a la entidad bancaria. Así, mediante este tipo de créditos, los intereses se capitalizan, de modo que por mucho que se paga la cuota mensual de la tarjeta, la deuda no disminuye, y de hecho, en algunas ocasiones, aumenta.

​Pero el modo de calcular el crédito no es el principal problema que se plantea. La modalidad revolving es lícita en sí misma. El problema surge cuando determinadas entidades bancarias fijan en contratos que carecen de transparencia alguna, tipos de interés elevadísimos, de modo que, sumados a la forma de devolver el importe del crédito del que se dispone, a pesar de que el cliente pague las cuotas todos los meses, nunca consigue saldar la deuda.

​Por tanto, el problema no está tanto en si la tarjeta es o no es de modalidad revolving, sino en que el tipo de interés (T.A.E.) fijado resulte usurario, ya que la Ley de 23 de julio de 1908 sobre nulidad de los contratos de préstamos usurarios, también denominada Ley de Represión de la Usura, o Ley Azcárate, declara nulos los préstamos en los que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso. Y esto es lo que en muchas ocasiones ocurre con las tarjetas revolving. Así lo estipuló inicialmente la Sentencia del Tribunal Supremo núm. 628/2015 de 25 de noviembre de 2015.

A ojos de cualquiera, no parece fácil poder fijar un límite a partir del cual un crédito resulte usurario. La citada Sentencia del Tribunal Supremo del 25 de noviembre de 2015 estableció que ese límite tenía que referenciarse al T.A.E. del contrato. Así, el Banco de España establece anualmente en su Boletín Estadístico unas tablas donde figuran los tipos de interés (T.A.E.) medios de los productos bancarios más habituales. Desde el año 2017, en ese boletín estadístico se incluye una referencia específica a las tarjetas de crédito de pago aplazado y tarjetas revolving, si bien existe información anterior. De nuevo el Tribunal Supremo, estableció en Sentencia de 4 de marzo de 2020, que todo interés que resulte notablemente superior al fijado por el Banco de España para tarjetas revolving, resulta usurario.

​Este tipo medio, cambia mensualmente, por lo que la duda que nos surge y que ha sido solucionada recientemente, es:

¿dónde está el límite?

Existe diferente jurisprudencia sobre este tipo de tarjetas, por lo que, lo mejor que puedes hacer, con el contrato de tarjeta de crédito, y con las liquidaciones mensuales de la tarjeta de crédito, es consultar contactando con un abogado especialista en Derecho Bancario, si tu tarjeta revolving es o no es usuraria.

Microcréditos

Algo muy similar ocurre con los microcréditos. La situación económica ha llevado a muchas personas aa tener que hacer uso de este tipo de préstamos rápidos que se ofrecen, en la mayoría de las ocasiones, en internet. Estos cuentan, en ocasiones, con tipos de interés TAE que rondan el 2000 % o el 3000 % por lo que en muchas ocasiones, debe declararse su nulidad por ser contratos verdaderamente usurarios.

¿Y qué puedo reclamar en la demanda?

La declaración de un contrato de usurario genera la nulidad del contrato. Esto es, si el Juzgado considera que la tarjeta revolving es usuraria, el contrato de crédito será declarado nulo, es decir, no causará ningún efecto, es como si no hubiera existido jamás.

De este modo, toda la deuda pendiente de tu tarjeta revolving o microcrédito será cancelada, pero no sólo eso, sino que además, todas las cantidades que hayas pagado que excedan del importe que la entidad bancaria te haya prestado, te serán también devueltas.

Por poner un ejemplo, si tienes una tarjeta revolving o un microcrédito contratado desde hace varios años, y durante toda la vida del préstamo has gastado 100.000 euros con la tarjeta, la entidad bancaria te pasa las cuotas mensualmente y has pagado 120.000 euros, y en la actualidad te faltan otros 10.000 euros por pagar, la deuda de 10.000 euros quedará cancelada, y además, el banco tendría que devolverte 20.000 euros, más los intereses desde el indebido pago.

En muchas ocasiones, las tarjetas revolving llevan una vida de muchos años, por lo que las cantidades a reclamar a la entidad bancaria suelen ser bastante elevadas.

Puedes llamarme o escribirme para formalizar la reclamación.

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